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Si bien en anteriores artículos publicados hemos analizado de forma sucinta
la problemática de la obtención de datos personales a través de los formularios
informativos y comerciales de las empresas (ya sean virtuales o físicas),
pasaremos ahora a centrarnos en la problemática que supone la obtención
involuntaria de datos a través de internet.
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Usted como usuario quizá no se haya dado cuenta de que mientras
navega por internet no sólo va dejando un "rastro" sino que va facilitando
de forma involuntaria una serie de datos que en la mayoría de los
casos son de índole técnica, pero que una vez analizados pueden
dar lugar a un estudio de sus hábitos y preferencias.
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El simple hecho de visitar una página web, puede suponer que el webmaster
de la misma pueda tener conocimiento de una serie de datos que usted no
ha facilitado, como pueden ser el número de páginas visitadas, la url
de procedencia, el nombre asignado a su ordenador, características de
las páginas visitadas, y con ello un perfil del usuario que se encuentra
al otro lado.
Lo normal es que no se pueda llegar a descubrir qué persona ha estado
realizando estas visitas ni qué datos personales lo definen (es decir,
nombre, apellidos, dirección física o datos bancarios). Pero sí que podrá
realizarse un estudio bastante fiable acerca de las características que
usted ostenta como consumidor: preferencias, edad aproximada (por el contenido
de las páginas visitadas o secciones de las mismas), nivel adquisitivo,
dirección de correo electrónico, etc.
Este tipo de información no resulta directamente lesiva para el usuario,
el problema comienza cuando esta información es utilizada posteriormente
con fines comerciales, ya que estos perfiles obtenidos pueden ser facilitados
a diversas empresas de marketing y estudios de medios para crear nuevos
productos según la preferencias de los usuarios e investigar en la mejora
de los servicios ofrecidos, lo cual puede ser una ventaja en su conjunto.
Sin embargo, puede ocurrir que esta información sea utilizada para enviarle
publicidad no solicitada, ya sea a través de su dirección de correo. Recuerde
que en estos momentos su dirección de correo puede estar registrada en
las bases de datos de muchas más de las empresas y páginas que
usted ha visitado, en una proporción de tres a uno. Es decir, por cada
página visitada de la que se ha recogido su dirección de correo, dos la
han obtenido de forma derivada.
En general, estas circunstancias pueden parecer irrelevantes, pero en
algunos casos pueden suponer un verdadera vulneración de los derechos
a la intimidad de las personas.
No obstante, la reciente normativa europea y los acuerdos establecidos
en la materia con Estados Unidos parecen permitir un aceptable grado de
intimidad en la red.
Una medida interesante y que debería ser implantada por las empresas
presentes en internet consistiría en la elaboración de una especie de
código ético dentro de los principios de la política de privacidad de
la compañía en el que se informara al usuario acerca de la posible obtención
de datos no personales con fines comerciales, expresando si se utilizan
los medios técnicos que hacen posible la obtención de estos datos (por
ejemplo, el uso de cookies, applets de java, controles ActiveX, etc..).
De esta forma, no sólo estarán dando cumplimiento a la normativa vigente
en la materia, sino que estarán reforzando la imagen de marca de la compañía,
en base a su seriedad y compromiso para con sus clientes o simplemente
para con los visitantes de su página.
Álvaro Orts Ferrer
IURISCOM Asesores
Jurídico Informáticos
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